Fiscalidad y legalidad · 6 minutos de lectura

Los impuestos del tercer trimestre fiscal

Durante todo el año, pymes y autónomos se ven en la obligación de presentar diversos modelos tributarios. El tercer trimestre no es una excepción. Además, vamos pasando el ecuador del ejercicio y conviene tener la mira puesta en un cierre con todos los deberes cubiertos y una buena planificación fiscal. 

En esta tarea, nos ayudará Daniel Morrone, asesor fiscal en Finutive, que nos explicará qué hay que hacer en este período del año y nos ofrecerá consejos y recomendaciones para tener tus impuestos en orden y para realizar previsiones de cara al fin de año.

Índice

  1. Los modelos del tercer trimestre fiscal
  2. Los días de cortesía de la Agencia Tributaria
  3. Consejos que te ayudarán en la gestión fiscal anual
  4. Los plazos de presentación en el tercer trimestre
  5. Las formas de pago que me ofrece Hacienda

Los modelos del tercer trimestre fiscal

Tenemos modelos conocidos de los trimestres anteriores. Entre ellos, podemos mencionar:

  • Autoliquidación del IVA, a través del modelo 303.
  • Retenciones de trabajadores y profesionales, que realizaremos con la presentación del modelo 111.
  • Retenciones de alquileres, mediante el modelo 115.
  • Pagos fraccionados del IRPF, que se efectúan con el modelo 130 si tenemos actividades económicas en estimación directa y del 131 si tributamos por módulos.
  • Operaciones intracomunitarias, declaradas en el modelo 349.

A todo ello, hay que sumar que muchas pymes tienen un ejercicio social que coincide con el año natural. Si es nuestro caso, tendremos que presentar la autoliquidación del impuesto sobre sociedades entre los días 1 y 25 de julio (el 20 si domiciliamos el pago).

Si, por el contrario, nuestra empresa tiene un ejercicio social que no coincide con el año natural, deberemos presentar el modelo 200 en los 25 días siguientes a que hayan pasado los seis meses del cierre del ejercicio. Por ejemplo, si terminó el 31 de enero, lo presentaríamos del 1 al 25 de agosto.

Los modelos 303 y 390: para qué sirven, cómo se rellenan y en qué se diferencian

Los días de cortesía de la Agencia Tributaria

Muchos emprendedores y sus asesores y empleados encargados de cuentas e impuestos se toman unos días de descanso durante el tercer trimestre. Por ello, la Agencia Tributaria tiene diseñadas soluciones para evitar que se vean interrumpidos por los requerimientos administrativos.

En concreto, si estamos incluidos en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada, podremos señalar hasta 30 días naturales al año en los que no podrán enviarnos notificaciones. Entre esos 30, deberemos marcar también sábados, domingos y festivos. 

Consejos que te ayudarán en la gestión fiscal anual

El tercer trimestre suele ser más tranquilo que los demás. Al fin y al cabo, gran parte del verano cae en este período. Por ello, dada la menor presión de obligaciones fiscales, conviene tener en cuenta algunas recomendaciones que anticipen un buen cierre:

  • Verifiquemos que las facturas emitidas son correlativas. En caso de que haya un salto, deberemos comprobar la razón y, si es necesario, rectificaremos los modelos presentados incorrectamente e incluiremos la factura que faltaba.
  • Controlemos que no haya duplicidad en las facturas recibidas. Hay que controlar bien los comprobantes.
  • Prestaremos especial atención a las facturas recibidas que tengan retención, ya que debimos liquidarlas en los períodos en los que las recibimos. 
  • Controlemos el resultado de nuestra actividad. Una vez presentados los modelos del tercer trimestre, preveremos cuál va a ser el resultado a fin de año. De esta manera, tendremos tiempo de ir realizando alguna acción para reducir el saldo a pagar y también tomaremos conciencia de cuál va a ser la situación al cierre del ejercicio.
  • No olvidemos tener en cuenta la obligación de liquidación del modelo 202 de pago fraccionado del impuesto sobre sociedades, que realizaremos ya en octubre.
¿Qué es el impuesto de sociedades, cuándo y quién lo paga?

Los plazos de presentación en el tercer trimestre

En general, las empresas grandes van presentando los modelos mes a mes. Las más pequeñas, por su parte, hacen cuentas con Hacienda cada tres meses, una vez ha concluido el trimestre. Por lo que respecta al tercero, que presentarán ya en octubre, los plazos de la mayoría de las pymes serán:

  • Si se opta por la domiciliación bancaria, los plazos de presentación son del 1 al 15 de octubre. 
  • Si pagamos en la entidad bancaria o la liquidación no nos sale a pagar, tendremos otras cinco jornadas más, hasta el día 20. 

No obstante, en algunos casos, una pyme puede tener que presentar algún modelo mensualmente. Por ejemplo, en el caso del IVA, si estamos inscritos en el Registro de Devolución Mensual (REDEME), presentaremos el modelo 303 una vez al mes. Si domiciliamos el pago, el plazo se extenderá, normalmente, entre el 1 y el 25 de cada mes.

Las formas de pago que me ofrece Hacienda

Recordemos que las formas de pago que tenemos para hacer frente a las obligaciones por modelos trimestrales son:

  • Domiciliación del saldo a pagar en nuestra cuenta bancaria.
  • Pago en efectivo en la entidad bancaria.
  • Fraccionamiento o aplazamiento del saldo resultante. En este caso, Hacienda nos cobrará un interés por concedernos la financiación. Además, deberemos presentar una solicitud previa que debe aprobar Hacienda. Algunos modelos, como el 111, el 115 o el 202 no son fraccionables o aplazables.

Presentar bien los modelos del tercer trimestre es sencillo con un poco de organización. Hay que estar preparados para afrontar las vacaciones que el personal que lleva las cuentas e impuestos suele tomar en verano y para afrontar el cierre del ejercicio con antelación y previsión.

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