Fiscalidad y legalidad · 8 minutos de lectura

Los impuestos del primer trimestre fiscal

Impuestos primer trimestre

Cuando iniciamos una actividad económica como autónomos, o dirigimos una pyme, una de nuestras primeras preocupaciones está ligada a los modelos tributarios. Estos son los documentos que tenemos que presentar en Hacienda y que sirven para liquidar los impuestos o facilitar determinadas informaciones.

Con la ayuda de Daniel Morrone, asesor fiscal en Finutive, resolvemos las principales dudas sobre los modelos fiscales que corresponden al primer trimestre, además de  explicar los aspectos que no debemos perder de vista para prepararlos y rellenarlos.

Índice

  1. Los modelos fiscales del primer trimestre
  2. ¿Qué declaramos en los modelos fiscales del primer trimestre?
  3. Las fechas de los modelos trimestrales
  4. Qué declaramos en cada modelo
  5. Qué documentos necesitamos
  6. Las formas de pago de los modelos trimestrales

Los modelos fiscales del primer trimestre

Lo primero que tenemos que tener claro es que hay dos clases de modelos: los trimestrales y los anuales. Además, algunas empresas, sobre todo las grandes, realizan presentaciones mensuales en lugar de trimestrales. Incluso, puede haber operaciones que impliquen tener que presentar un modelo cada vez que las realizamos.

En general, los modelos trimestrales más importantes que presentan pymes y autónomos son:

  • Autoliquidación del IVA (modelo 303).
  • Para las retenciones encontramos varios modelos. Entre ellos, destacan el modelo 111 en el caso de que hayamos recibido facturas de profesionales o que tengan empleados en nómina y el modelo 115, cuando pagamos alquileres.
  • Los pagos fraccionados se presentan, en función de nuestras circunstancias, a través de diferentes modelos. Si tenemos una pyme sujeta al impuesto sobre sociedades, nos corresponderá el modelo 202. Si tributamos en el IRPF por actividades económicas, deberemos optar por el modelo 130 (si lo hacemos en estimación directa) o 131 (si lo hacemos en estimación objetiva).

En el caso especial de que realicemos operaciones intracomunitarias, deberemos presentar el modelo 349. Previamente deberíamos darnos de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).

¿Qué declaramos en los modelos fiscales del primer trimestre?

En los modelos que corresponden al primer trimestre reflejamos las operaciones que se han producido entre el 1 de enero y el 31 de marzo. Estas obligaciones serán, habitualmente, las mismas todos los trimestres desde nuestro alta en Hacienda. 

Sin embargo, puede producirse alguna novedad que nos lleve a presentar un nuevo modelo. Por ejemplo, imaginemos el caso de un autónomo sin trabajadores. Si tampoco ha recibido facturas de profesionales, lo normal es que no haya presentado nunca el modelo 111. En el momento en que facture algún servicio con un profesional tendrá que rellenar este modelo por primera vez.

Las fechas de los modelos trimestrales

Los modelos del primer trimestre se presentan:

  • Del 1 al 15 de abril en caso de domiciliación bancaria del pago.
  • Del 1 al 20 de abril si decidimos pagar personalmente en la entidad bancaria o si del modelo no resulta una cantidad a ingresar

Es importante tener en cuenta que, normalmente, tendremos que presentar los modelos aunque no tengamos que ingresar nada. 

Qué declaramos en cada modelo

Como nos explica Daniel Morrone, cada modelo trimestral tiene su propia dinámica, por lo que es importante entender el objetivo que se persigue con cada uno de ellos para declarar adecuadamente nuestra actividad a Hacienda. 

Modelo 303

Es una autoliquidación del IVA que funciona como una balanza con dos partes:

  • Las facturas emitidas.
  • Las facturas recibidas (tanto por compras y otros gastos como por inversiones). No obstante, solo podremos desgravar las que estén relacionadas con la actividad que tengamos dada de alta en Hacienda. Por ejemplo, un autónomo no incluye aquí los gastos personales.

De esta ‘balanza’ puede resultar:

  • Una cuota a pagar en el caso de que tengamos más IVA repercutido que deducible.
  • Si tenemos más IVA deducible que repercutido, lo podremos compensar en autoliquidaciones futuras. Incluso, en su tiempo, podríamos obtener una devolución.

Modelos de retenciones

Los presentamos cuando:

  • Estemos dados de alta en esos modelos previamente.
  • Tengamos operaciones durante el período que estamos declarando con retenciones.

Modelo 349

Es meramente informativo. No va a arrojar ninguna cantidad a pagar. Solo lo presentaremos si estamos dados de alta en el ROI y realizamos operaciones con países de la Unión Europea en el trimestre que estamos declarando.

Pagos fraccionados

Los autónomos que declaran una actividad económica en el IRPF por estimación directa lo harán a través del modelo 130, determinando sus resultados del primer trimestre y lo multiplicarán por un 20 % para calcular la cuota que les corresponde.

Si tributamos por estimación objetiva en el IRPF, pagaremos un 4 % del rendimiento neto calculado en función de una serie de signos, índices o módulos de nuestro negocio.

Si tributamos en el impuesto sobre sociedades, presentaremos el modelo 202. En este caso, hay dos formas de calcular el importe del pago fraccionado:

  • Tomando como base la cuota del período anterior.
  • Haciendo un cálculo de la renta generada a lo largo del período.

Qué documentos necesitamos

Daniel Morrone nos ofrece un sabio consejo: hay que preparar todas las facturas emitidas y recibidas que tengamos durante el trimestre con cierta antelación. Además, para poder presentar el modelo 111, deberemos tener las nóminas de los empleados.

También nos aconseja que nos fijemos bien en que la numeración de las facturas sea correlativa. Por ejemplo, después de la factura 2 vendrá la 3 siendo importante que la factura 3 sea de fecha posterior a la 2.

Las formas de pago de los modelos trimestrales

Podemos optar por:

  • Domiciliar la cuota en nuestra cuenta bancaria.
  • Pago en efectivo en la entidad bancaria.
  • Solicitar un aplazamiento o fraccionamiento. Nos lo tiene que conceder Hacienda y deberemos pagar un interés. Sobre esta vía es importante señalar que no es una opción que sea aplicable a todos los modelos.

Con un poco de organización, presentar los modelos tributarios trimestrales es sencillo y nos brinda una gran oportunidad para tener nuestra información contable, fiscal y de facturación al día.

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