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¿Qué es el modelo 036?

El modelo 036 es un formulario que sirve para comunicar a la Agencia Tributaria los datos relativos al censo de empresarios, profesionales y retenedores. De esta forma, el modelo 036 permite a los contribuyentes darse de alta, modificar o darse de baja en el censo, así como declarar otros datos de interés, como el domicilio fiscal, el régimen de IVA, el epígrafe de actividad, el inicio o cese de actividad.

Se trata de un documento de carácter informativo, que no implica el pago de ningún tributo ni genera ningún derecho u obligación tributaria. Su finalidad es, así, facilitar el control y la gestión de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.

  1. ¿Para qué sirve el modelo 036?
  2. ¿Quién debe presentar el modelo 036?
  3. ¿Cuándo se presenta el modelo 036?
  4. ¿Cómo se presenta el modelo 036?
  5. Diferencia entre modelo 036 y 037

¿Para qué sirve el modelo 036?

El modelo 036 sirve para informar a la Agencia Tributaria de la situación censal de los contribuyentes que realizan actividades económicas o abonan rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta y permite estas operaciones:

  • Solicitar el Número de Identificación Fiscal (NIF) o comunicar su modificación o pérdida.
  • Darse de alta en el censo, comunicando el inicio de una actividad económica o el abono de rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.
  • Modificar los datos censales, comunicando cualquier cambio que afecte a la situación fiscal, como el cambio de domicilio, de régimen de IVA, de actividad, etc.
  • Darse de baja en el censo, comunicando el cese de una actividad económica o el abono de rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta.
  • Declarar otros datos de interés, como la pertenencia a un grupo de entidades, la aplicación de regímenes especiales, la realización de operaciones intracomunitarias, etc.

El modelo 036 es un documento obligatorio para los contribuyentes que realicen alguna de las operaciones anteriores. Su presentación permite a la Agencia Tributaria conocer la situación fiscal de los contribuyentes y aplicar correctamente las normas tributarias correspondientes.

¿Quién debe presentar el modelo 036?

El modelo 036 debe ser presentado por los contribuyentes que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • Realizar actividades económicas en territorio español, ya sea como empresarios, profesionales o artistas.
  • Abonar rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta, como arrendadores, pagadores de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, de capital mobiliario, etc.
  • Realizar operaciones intracomunitarias, es decir, adquirir o entregar bienes o servicios a otros Estados miembros de la Unión Europea.
  • Estar incluidos en regímenes especiales del IVA, como el régimen simplificado, el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca o el régimen especial de recargo de equivalencia, entre otros.
  • Estar obligados a presentar declaraciones informativas, como el modelo 347 de operaciones con terceras personas, el modelo 349 de operaciones intracomunitarias o el modelo 390 de resumen anual de IVA.

El modelo 036 debe ser presentado por el propio contribuyente, por su representante legal, en caso de ser una persona jurídica o una entidad sin personalidad jurídica o por un colaborador social. 

¿Cuándo se presenta el modelo 036?

El modelo 036 se presenta en función de la operación que se realice y del plazo que se establezca para cada caso:

  • La solicitud del NIF y el alta en el censo se presentan antes de iniciar la actividad económica o el abono de rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta. El plazo es de 30 días desde la constitución de la entidad o la adquisición de la personalidad jurídica, en el caso de la solicitud del NIF, o desde el inicio de la actividad o del abono de las rentas, en el caso del alta en el censo.
  • Modificación de los datos censales: debe ser presentada dentro del mes siguiente al que se produzca el cambio que afecte a la situación fiscal. Por ejemplo, si se cambia de domicilio el 15 de enero, se debe presentar el modelo 036 antes del 28 de febrero.
  • Baja en el censo: al igual que en el caso anterior, se presenta dentro del mes siguiente al que se produzca el cese de la actividad económica o el abono de rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta. Por ejemplo, si se cesa la actividad el 31 de diciembre, se debe presentar el modelo 036 antes del 31 de enero.
  • Declaración de otros datos de interés: se presenta según el plazo que se establezca para cada dato. Por ejemplo, si se realiza una operación intracomunitaria, se debe presentar el modelo 036 antes del día 15 del mes siguiente al que se realice la operación.

El modelo 036 se presenta una sola vez por cada operación que se realice, salvo que se produzca alguna modificación que requiera una nueva presentación. No es necesario presentar el modelo 036 cada año, salvo que se esté incluido en algún régimen especial que lo exija.

¿Cómo se presenta el modelo 036?

El modelo 036 se puede presentar de forma telemática o en papel, según el tipo de contribuyente y la operación que se realice:

  • Presentación telemática: se realiza a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, accediendo al servicio de «Modelos 036 y 037. Censo de empresarios, profesionales y retenedores – Declaración censal de alta, modificación y baja y declaración censal simplificada».
    Se debe disponer de un certificado electrónico, un DNI electrónico o un sistema de identificación Cl@ve PIN. La presentación telemática es obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y los colaboradores sociales. También pueden optar por esta forma de presentación las personas físicas que lo deseen.
  • Presentación en papel: se realiza mediante la impresión del modelo 036 en formato PDF, que se puede obtener en la página web de la Agencia Tributaria o en sus oficinas. El modelo 036 impreso se debe cumplimentar y firmar por el contribuyente o su representante legal. La presentación en papel se puede hacer en las oficinas de la Agencia Tributaria, en las entidades colaboradoras (bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito) o en las delegaciones o administraciones de la Agencia Tributaria de otras comunidades autónomas. La presentación en papel solo está permitida para las personas físicas que no estén obligadas a la presentación telemática.

El modelo 036 consta de cuatro ejemplares: uno para la Agencia Tributaria, otro para la entidad colaboradora, otro para el contribuyente y otro para la Administración tributaria de la comunidad autónoma. En caso de presentación telemática, solo se genera el ejemplar para el contribuyente, que se puede descargar e imprimir como justificante de la presentación.

Diferencia entre modelo 036 y 037

El modelo 037 es una versión simplificada del modelo 036, que solo pueden utilizar las personas físicas que realicen actividades empresariales o profesionales en estimación directa o en el régimen simplificado de IVA. El modelo 037 tiene menos campos que el modelo 036 y en él se comunican solo los datos más habituales, como el domicilio fiscal, el epígrafe de actividad, el régimen de IVA, así como el inicio o cese de actividad.

La diferencia entre el modelo 036 y el modelo 037 radica, por tanto, en la complejidad y la amplitud de los datos que se deben comunicar a la Agencia Tributaria. El modelo 037 es más sencillo y rápido de cumplimentar, pero solo puede ser utilizado por las personas físicas que realicen actividades económicas en estimación directa o en el régimen simplificado de IVA, y que no realicen actividades especiales, extranjeras o intracomunitarias, ni estén obligadas a presentar declaraciones informativas distintas del modelo 347.

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